Nos alegra comunicaros que el Ayuntamiento, a través del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, nos ha aclarado las dudas que manifestábamos anteriormente. Dicha aclaración nos permite relajarnos, pero no por ello dejaremos de estar atentos a todo lo que ocurra alrrededor del Beti-Jai. Os adjuntamos el contenido del correo recibido:
1. La propiedad de la finca ha venido realizando diversas medidas de seguridad y aportando informes técnicos sobre las mismas, aunque de una forma dispersa y discontinua.
A la vista de tales hechos en octubre de 2008 se realiza visita de inspección por parte de los técnicos del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente y por miembros de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico –Artístico y Natural (CPPHAN) acompañados por el técnico designado por la propiedad para adoptar medidas de seguridad.
Teniendo en cuenta el grado de protección del edificio y con el fin de evitar la adopción de medidas de seguridad incontroladas y por otra parte a la vista de la complejidad de las mismas, se solicita se aporte un plan detallado de las medidas a ejecutar. Presentado tal plan con fecha 30.10.08 se presenta a la CPPHAN en su sesión celebrada el 31.10.08, aprobándose dicho plan a excepción de las actuaciones en cubierta del graderío para las cuales es preciso presentar una definición detallada para su aprobación.
En base a lo mencionado se notifica a la propiedad, con fecha 24.11.08, para que proceda a ejecutar dicho plan de medidas de seguridad y presentar una solución detallada de actuación en cubierta.
2. Como resultado de la notificación mencionada la propiedad acomete algunas medidas con acompañamiento de informe parcial de actuación en fachada, hasta que finalmente se paralizan las actuaciones.
3. A la vista de los hechos mencionados y a fin de evitar el progresivo deterioro del inmueble por los técnicos del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente se propone llevar a cabo por Ejecución Subsidiaria la adopción de medidas de seguridad de acuerdo con el plan aprobado en su momento por la CPPHAN. Tal propuesta se traduce en la correspondiente resolución del Sr. Director General de Ejecución y Control de la Edificación de fecha 24.12.09.
4. Personados en la finca los técnicos municipales con la empresa adjudicataria con el fin de iniciar por Ejecución Subsidiaria las medidas de seguridad, el día 19.01.10, por el representante de la propiedad no se permite el acceso para los fines citados.
5. Por lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta que se habían desprendido algunos elementos de acabado de fachada a la vía pública, se instala al amparo de la resolución vigente, un sistema de protección en fachada para evitar accidentes en la vía pública.
La caseta de obras que se menciona en el correo, corresponde a la empresa adjudicataria del Ayuntamiento.
6. Con el fin de continuar la Ejecución Subsidiaria se ha requerido oficialmente a la propiedad para que facilite el acceso con las advertencias de solicitar, en caso negativo, la correspondiente autorización judicial.
7. En lo que se ha podido comprobar en su momento existen escombros sobre la cancha, pero no se ha podido comprobar todavía si se han destruido rejas u otros elementos.
Respecto a destrucción de forjados únicamente se tiene constancia del desmontaje de un pequeño tramo de forjado anexo a los graderios que se encontraba hundido parcialmente.
Así pues, puede resumirse, que una vez removidos los obstáculos de acceso, está previsto continuar la Ejecución Subsidiaria.
Queremos agradecer el gesto que ha tenido el Ayuntamiento remitiéndonos dicha información tan rápidamente.